Los autónomos y las PYMES, como ya sabes, no tienen obligación de enviar sus registros a VeriFactu hasta 2027.
Sin embargo, el aplazamiento de la obligatoriedad ha generado más dudas que tranquilidad: ¿Si no es obligatorio puedo seguir como hasta ahora? ¿Tengo que hacer algo en 2026? ¿Me pueden sancionar si no envío nada?
Este artículo explica de forma sencilla qué implica VeriFactu para autónomos y pymes en 2026 y qué decisiones conviene tomar este año, antes de la fecha límite.
¿Es obligatorio VeriFactu para los autónomos y pymes en 2026?
No.
En general, durante 2026, los emisores de facturas no están obligados a enviar sus facturas a VeriFactu.
Ahora bien, antes de aferrarse a la idea de que "hasta 2027 no hay que hacer nada", conviene tener en cuenta dos cuestiones importantes:
Por un lado, existe un periodo voluntario, pensado precisamente como una fase de entrenamiento. Un tiempo para familiarizarse con el sistema y evitar dudas o errores cuando el envío de los registros XML sea obligatorio.
Por otro, la utilización de un software de facturación está directamente vinculada a la presentación de registros VeriFactu ante la AEAT, aunque el emisor todavía no tenga una obligación directa.
¿Por qué 2026 es el mejor año para empezar con VeriFactu?
Durante todo 2026, la Agencia Tributaria ya ha confirmado que no tendrá en cuenta los datos enviados, aunque contengan errores. Esto convierte este año en una fase de pruebas real, sin sanciones ni consecuencias.
Por eso, aunque no sea obligatorio, empezar a trabajar con el protocolo VeriFactu en 2026 tiene ventajas claras para las empresas y autónomos:
- Probar cómo funciona VeriFactu sin riesgos.
- Detectar errores en la forma de facturar antes de que sea obligatorio.
- Llegar a 2027 con todo rodado, sin prisas ni estrés.
En la práctica, 2026 es el año para aprender y cumplir después con tranquilidad.
¿Y qué pasa si ya se trabaja con un programa de facturación?
Las empresas y autónomos que utilizan un software de facturación que no está adaptado a VeriFactu, no están obligadas a cambiarlo de inmediato, pero con un apunte:
Es posible seguir utilizándolo, pero SOLO hasta que termine o se renueve el contrato de mantenimiento o soporte con el proveedor del software. A partir de ese momento, y dado que los fabricantes de software están obligados a tener sus sistemas adaptados desde el 29 de julio de 2025, el proveedor deberá facilitar la última versión del software, que necesariamente estará adaptada a la Ley Antifraude (RD 1007/2023).
Resumiendo: No es necesario adaptarse ahora mismo, pero sí conviene planificar el cambio.
Para los que van a contratar un software de facturación nuevo en 2026
Aquí sí hay una diferencia importante para autónomos y pymes.
Si durante 2026 se contrata un software de facturación nuevo, este debe estar adaptado a la Ley Antifraude desde el primer día, por la obligación que se ha comentado un poco más arriba.
Eso implica que el programa debe poder:
- Enviar las facturas a VeriFactu en tiempo real, o
- Enviarlas cuando Hacienda lo solicite (si el software incluye la opción NO-VeriFactu).
Aunque el emisor todavía no esté obligado a enviar VeriFactu, los software sí lo están.
Por eso, es habitual que el programa, no solo permita, sino que obligue a los usuarios a enviar los registros antes de 2027.
Entonces… ¿en realidad sí es obligatorio enviar VeriFactu?
Esta es una de las mayores fuentes de confusión entre los emisores.
La explicación es sencilla y a la vez no exenta de polémica: El emisor no está obligado todavía, pero el software sí lo está.
Con el aplazamiento que se produjo en diciembre de 2025, se modificó la entrada en vigor de la obligatoriedad de los emisores de facturas, pero no varió ni una coma en la obligación que tenían los fabricantes de software de adaptar sus sistemas. Porque en la fecha que se produjo el aplazamiento, los softwares ya tenían la obligación de estar adaptados desde hacía meses para facilitar la adaptación paulatina de los emisores desde agosto de 2025 a enero de 2026. Con el aplazamiento lo que se amplió fue el tiempo de adaptación paulatina de los emisores, un año más, pero el resto sigue igual.
Por eso los fabricantes tenemos la responsabilidad de cumplir la normativa y ofrecer a nuestros clientes herramientas adaptadas, incluso aunque al autónomo o pyme le resulte extraño empezar a enviar algo que todavía no es obligatorio.
Recomendaciones para autónomos y pymes en 2026
Para afrontar VeriFactu con tranquilidad, estas son las recomendaciones clave:
- Informarse bien, no esperar a 2027 para entender qué es VeriFactu.
- Comenzar a utilizarlo de forma voluntaria, sin miedo a errores o sanciones.
- Revisar el programa de facturación actual y consultar si está adaptado a la Ley Antifraude.
- En caso de contratar un nuevo software, elegir uno preparado para VeriFactu, que cumpla con la normativa, evitando posibles sanciones derivadas de comercializar o utilizar un software no adaptado.
La idea no es cumplir por miedo a las sanciones, sino entender los procesos, la normativa y los plazos reales.
Conclusión: VeriFactu en 2026
VeriFactu no es obligatorio para los emisores en 2026, pero sí les afecta directamente.
Este año es una oportunidad para probar, entender y adaptar la forma de facturar sin riesgos ni sanciones.
En InvoCash aplicamos la normativa tal y como la publican el BOE y la Agencia Tributaria: de forma clara, transparente y sin atajos.
Sabemos que no siempre es fácil entender por qué hay que empezar antes, pero estamos convencidos de que la anticipación es la clave para que todo funcione mejor.
2026 no es el año de preocuparse, es el año de prepararse.
En InvoCash hemos desarrollado un software de facturación adaptado a VeriFactu con el que puedes empezar a enviar tus registros de forma voluntaria en 2026, sin riesgos ni sanciones. Así llegas a 2027 completamente preparado.
Tienes 30 días gratis para descubrir todo lo que puede hacer por ti y por tu negocio.